La Sala de Casación del alto tribunal indicó que se constató la existencia de una prueba nueva, la cual fue conocida luego de finalizado el juicio.
La Corte Interamericana de DDHH conoció el caso y también confirmó la aparición de ese hecho posterior al fallo.
Al acoger la solicitud de la Procuraduría General de la Nación, la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución decretada en favor de Fernando Bermúdez Ardila por el homicidio del periodista Nelson Carvajal Carvajal, y ordenó reiniciar su juicio desde la audiencia preparatoria.
Al resolver una demanda de revisión instaurada por el Procurador 358 Judicial Penal de Bogotá, en desarrollo de su función misional de intervención, la Sala de Casación del alto tribunal indicó que se constató la existencia de una prueba nueva, la cual fue conocida luego de finalizado el juicio por ese hecho, perpetrado en Pitalito, Huila, el 16 de abril de 1998.
Para los magistrados, el análisis de ese elemento probatorio podría incidir en la valoración del grado de responsabilidad de Bermúdez Ardila, razón por la cual dejaron sin efectos las sentencias de primera y segunda instancia que lo absolvieron del cargo de homicidio agravado.
La prueba a la que se hace mención es el testimonio de un reinsertado de las Farc, rendido ante la Fiscalía mucho tiempo después de proferido el fallo definitivo por el homicidio de Carvajal Carvajal.
“Dicho testimonio, en cuanto escuchado en la fecha señalada, mucho después del proferimiento de la sentencia objeto de la acción de revisión, responde, sin duda, al calificativo de prueba nueva”, precisaron en su decisión los magistrados de la Sala de Casación.
Resaltaron, además, que la revisión solicitada por la Procuraduría era procedente por cuanto se trató de un fallo absolutorio proferido en un proceso por violaciones a los derechos humanos o al derecho internacional humanitario, al tiempo que recordaron que una instancia internacional, como la Corte Interamericana de DDHH, conoció el caso y también constató “la existencia del hecho nuevo, de la prueba no conocida al tiempo de los debates”.
Precisaron, que la decisión aplica “solo en relación con el referido procesado, pues es a él a quien se refieren los nuevos elementos de convicción, y por ello dejarán sin efecto las sentencias dictadas respectivamente”.
El comunicador trabajaba en un noticiero regional y colaboraba en varios espacios de la emisora Radio Sur, en Huila, donde efectuaba constantes denuncias por hechos de corrupción.