La Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular, que dosificó la sanción a ocho años, adujo que el exmandatario utilizó la modalidad de contratación directa para suscribir el convenio con una entidad que no contaba con un objeto social acorde a la necesidad que se buscaba suplir.

De igual manera, la Entidad resaltó que a Gutiérrez Muñoz no le era permitido acudir a ese tipo de negocio jurídico, establecido con la Corporación Centro Provincial de Gestión Agro Empresarial del Centro Oriente del Huila, que no disponía del personal idóneo para su ejecución.

El Ministerio Público expresó que el exalcalde vulneró los principios de transparencia, moralidad y responsabilidad, así como el deber de selección objetiva en la contratación, por lo que calificó sus conductas como faltas gravísimas cometidas a título de culpa gravísima.

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