La suspensión provisional de la ejecución del convenio interadministrativo 2105 del 28 de junio de 2.023, mientras se define su posible nulidad, fue decretada por parte del tribunal administrativo del Huila, luego de presentadas las razones por parte de la procuraduría y al considerar que la ejecución del mismo podría perjudicar el erario público de la ciudad. Según el magistrado José Miller Lugo Borrero, quien firma la medida “Se encuentra acreditado, preliminarmente, la vulneración de las normas invocadas como transgredidas por la parte demandante; aunado a la temporalidad de las facultades que se confieren en el acto acusado”.

Antecedentes

El convenio había sido firmado durante la época de las fiestas del san pedro en Neiva, por parte del entonces alcalde de la ciudad Gorky Muñoz Calderón para que la ciudad contrajera obligaciones económicas a partir del año 2.024 durante 15 años , sin existir la disponibilidad presupuestal, sin tener certificado de disponibilidad, ni registro presupuestal y sin autorización del Concejo para comprometer vigencias futuras, con una empresa sin experiencia y sin las condiciones técnicas, financieras y jurídicas para tal fin y la cual solo se dedicaba al alumbrado público de la ciudad, contrato también controvertido perteneciente al emporio empresarial de Alfonso ‘El Turco’ Hilsaca.

El contrato había sido fallado por la Procuraduría, luego de las consideraciones del alcalde German Casagua, quien desde el 5 de abril había solicitado la terminación  bilateral y liquidación del contrato anticipada a la empresa la ESIP, quien manejaba el contrato y ante la negativa trasladó el caso ante la procuraduría, quien consideró que el contrato había sido firmado horas antes de entrar en vigencia la ley de garantías, hecho por el cual era ilegal el procedimiento que comprometía a la ciudad por más de $90.000 millones con altas tasas de intereses para la ciudad, ya que  el contrato, tiene un valor indeterminado pero determinable en el tiempo. No obstante, para efectos de la póliza se estableció un valor de 37.019 millones de pesos, solo por formación y actualización catastral y 52.981 millones por concepto de intereses que se comenzarán a pagar a partir de 2024 y donde el contratista recibirá recursos hasta el año 2.038.

El magistrado José Miller Lugo Barrero, al decretar la medida cautelar expresó: “resulta inminente proteger y garantizar, provisionalmente, el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia, siendo proporcional la decisión que se profiere, dada la gravedad de las consecuencias que se derivan de la continuidad en la ejecución del acto demandado”.

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