Mediante Resolución 001 de enero de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 32 del Decreto 2535 de 1993 en concordancia con el Artículo 10 de la Ley 1119 de 2006 y el Decreto 2362 del 24 de diciembre de 2018 prorrogado por el Decreto 2362 del 24 de diciembre de 2020, la Novena Brigada suspendió de forma general los permisos para porte de armas en su jurisdicción.

Mencionado acto administrativo cobija los 37 municipios del Huila, inspecciones de Balsillas y Guayabal de San Vicente del Caguán, Caquetá y el corregimiento de San Juan de Villalobos en el municipio de Santa Rosa, Cauca.

La medida restrictiva tiene lugar desde las doble cero (00:00 horas) del día miércoles primero (01) de enero de 2021, hasta las doble cero (00:00 horas) del día jueves treinta y uno (31) de diciembre de 2021.

Así mismo, mediante la resolución, se exceptúa de la medida y no requieren permiso especial, las personas relacionadas en los artículos 2° y 3°, siempre y cuando mencionado permiso se encuentre expedido a nombre de la entidad pública y esté vigente.

Es de resaltar que las armas incautadas bajo esta restricción se decomisarán de forma definitiva a favor del Estado, de conformidad con lo establecido en el literal F artículo 89 del Decreto 2535 de 1993.

Acatar la suspensión y adoptar medidas de autocontrol en cada acto, contribuye significativamente a evitar tragedias y hechos que lamentar; de ahí que el llamado desde la Novena Brigada es a no sobrepasar los límites y las normas establecidas.

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