Tras la renuncia aceptada a Edwin Riaño al cargo de Contralor de Neiva, los concejales siguen analizando el mecanismo a seguir para resolver la interinidad en el cargo, que nuevamente se produce por segunda vez en menos de 10 meses, lo que se convierte en un caso atípico en el país. Por esa razón y ante las dudas existentes, varios concejales le solicitaron al asesor jurídico de la Corporación, realizar un concepto jurídico con base a la ley, para establecer cuál debía ser el procedimiento a seguir. Este, luego de unos días de estudio y análisis, presentó este miércoles el concepto ante la plenaria y dejó posiciones divididas.
El asesor Andrés Mauricio Muñoz, señaló que basado en el Acto Legislativo 02 de 2015, el concepto 2274 de 2015 de Consejo de Estado que le da respuesta a una solicitud del Ministerio del Interior para resolver dudas sobre las diferencias entre concursos públicos de méritos y convocatorias públicas; así mismo, basado en sentencias del Consejo de Estado que hablan sobre el particular; las listas de elegibles no existen en las convocatorias públicas como sí, en los concursos públicos de méritos, aunque los principios que rigen a ambas son iguales.
Agregó que la Resolución 123 de 2015, por medio de la cual se creó la convocatoria pública para elegir Contralor, dijo en su artículo 20 que se recomienda elegir quien quede de primero en la lista de elegibles, pero luego este artículo se modificó y eliminó la lista de elegibles, entendiendo que las convocatorias públicas no pueden tener estos listados.
En ese sentido y a concepto del asesor jurídico, “no existe lista de elegibles porque se trató de una convocatoria pública, y porque la convocatoria tampoco dejó claro que ante vacancia se podía acudir a dicha lista”. De esta forma sugirió que se debe “realizar una nueva convocatoria para elegir un Contralor por el periodo que resta”.
Opiniones divididas
Los concejales Dagoberto Gómez, Dolcey Andrade y Mauricio Fernando Rojas plantearon que ya se hizo una convocatoria de la que resultó una lista de seleccionados de la que se puede elegir una persona y señalaron que es posible que reclamen derechos adquiridos como ya lo están haciendo a través de derechos de petición. “Podemos perder confianza legítima de la comunidad porque al señor Riaño lo escogimos bajo esta modalidad y eso creó un precedente administrativo”, dijo el vicepresidente Dagoberto Gómez.
Sin embargo, otros como Luis Eduardo Penagos, que se mostró de acuerdo con el concepto de que no existe la lista de elegibles, consideraron que se puede llegar a un término medio.
El concejal Carlo Sterling por su parte, dijo que se cometieron errores la vez pasada cuando se eligió a Edwin Riaño, acudiendo a la lista de elegibles y considerando que se debía nombrar por ser el segundo. “No hay tal lista de elegibles. Que ustedes hayan hecho lo mismo con Personería, donde sí era un concurso, no quiere decir que haya estado bien”, señaló, aclarando que no participó de la elección del ex contralor en septiembre del año anterior. “En su momento debió hacerse nueva convocatoria pública. Cuando el Contralor Hildebrand renuncia y se posesionó un contralor provisional, el acta decía que se debía hacer nueva convocatoria pública y no se hizo”, señaló.
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